NOSOTROS

Somos abogados con más de veinte años de trabajo en las áreas privada y pública, en distintas disciplinas jurídicas, incluyendo gestión, litigación y docencia. Nuestro valor es el compromiso con nuestros clientes.

MISIÓN

Nuestra misión es asesorar en compliance a empresas e instituciones, ofreciendo programas de cumplimiento que colaboren en la adaptación a los cambios normativos, con espíritu preventivo de los riesgos sancionatorios y de mercado.

VISIÓN

Nuestra visión es exceder las expectativas de los clientes y convertirnos en asesores confiables y estratégicos de las empresas e instituciones que buscan generar sostenibilidad en sus actividades.

VALORES Y POLITICAS DE TRABAJO

Respeto por la dignidad de todas las personas.

Experiencia en el desarrollo de estrategias.

Búsqueda del perfeccionamiento a través de la mejora continua.

Responsabilidad con el entorno.

Compromiso y lealtad con los intereses y reputación de nuestros clientes.

Excelencia en el trabajo.

Espíritu preventivo e innovador.

Creemos que los derechos humanos son prerrogativas de las que gozan todos los seres humanos por el sólo hecho de serlo y que por eso deben ser reconocidos, garantizados y protegidos sin condición ni distinción alguna.  Entendemos que la equidad de género es fundamental para el desarrollo social y empresarial, de allí que aplicamos perspectiva de género según el Reglamento de la Ley Karin y el Dictamen 362/19 que fija el sentido y alcance de las modificaciones introducidas por la Ley al Código del Trabajo; esto es, “la consideración durante todo el procedimiento, las discriminaciones basadas en el género que pudiesen afectar el ejercicio pleno de derechos y el acceso a oportunidades de personas trabajadoras, con el objetivo de alcanzar la igualdad de género en el ámbito del trabajo, considerando entre otras, la igualdad de oportunidades y de trato en el desarrollo del empleo u ocupación”. Promovemos el cambio cultural, social y empresarial a través de la difusión y aplicación de normas nacionales e internacionales que regulan la equidad de género y la erradicación de toda forma de discriminación y violencia.

Nos desempeñamos con estricta confidencialidad, respondiendo a la confianza de nuestros clientes. Entendemos por confidencialidad “el cumplimiento estricto del deber de protección de la vida privada de las personas, del deber de resguardar la información a la que accedamos o conozcamos en el proceso de investigación de acoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo, especialmente resguardar los datos de carácter personal de todos quienes intervienen en el procedimiento”. Adherimos a las normas que obligan a la confidencialidad y protección de los datos privados de las personas implicadas en procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, establecidas en el Convenio 190 de la OIT, en la Ley 21.643 (Ley Karin), en el Reglamento aprobado por Decreto 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y en la Ley 19.628 sobre Protección de la vida privada. La confidencialidad no obsta que informemos a la Dirección del Trabajo sobre estadísticas (o actualizaciones) respecto de los procedimientos de investigaciones relativos a conductas constitutivas de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, o dar cumplimiento al deber de informar a dicha institución establecido en el artículo 211-C del Código del Trabajo. Mantenemos reserva de toda la información, datos o antecedentes de la empresa de la que tomemos conocimiento con ocasión de nuestros servicios profesionales, por lo que no podrá ser divulgada, tramitada o revelada de modo alguno a terceros, a menos que medie una autorización previa y por escrito del CLIENTE o en caso que la referida revelación sea requerida por ley o por una orden judicial o administrativa. En consecuencia, garantizamos a nuestros clientes que sus datos y/o informaciones privadas, estratégicas y/o confidenciales, se mantendrán en dicha condición y reserva. Somos abogados colegiados y el Código de Ética Profesional nos faculta a exigir que se reconozca el derecho al secreto profesional, salvo que exista un requerimiento judicial o del Ministerio Público que escape a las normas que regulan tal privilegio.

Para asegurar una actuación que cumpla con las exigencias de imparcialidad, objetividad, neutralidad, rigurosidad y rectitud, tanto en la sustanciación del procedimiento de investigación como en las conclusiones que se emiten en el informe de investigación, nos obligamos a desempeñar nuestras funciones con independencia y lealtad hacia el cumplimiento normativo, asegurando el debido procedimiento. En virtud de lo anterior, garantizamos que nuestros servicios profesionales se desarrollarán libre de conflictos de interés por motivos o razones de amistad, parentesco, ideológicos, culturales u otros análogos. Lo anterior implica que, si en el desempeño de las funciones y/o ejecución del contrato se advierte un potencial conflicto de interés y/o falta de imparcialidad o independencia de algún colaborador de COMPLIANCE LTDA., de forma inmediata informará su inhabilidad al CLIENTE, y se abstendrá de intervenir en el procedimiento respectivo.